Receta electrónica obligatoria

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La receta electrónica obligatoria será implementada en toda la Argentina a partir del 1 de julio de 2024, establecida por el Decreto N°345/2024 firmado por el presidente Javier Milei, el ministro del Interior, Guillermo Francos y el ministro de Salud, Mario Russo.

El decreto propone una integración de las tecnologías actuales con la intención de mejorar la calidad de servicio y la seguridad del paciente. Además, se pretende aumentar la competitividad del mercado farmacéutico y reducir costos operativos. Para ello, se coordinará con autoridades competentes y se ajustarán las leyes provinciales necesarias para cumplir con los nuevos estándares y sanciones desde julio.

Un componente clave de la nueva política es la creación de un Registro Nacional de Soluciones Informáticas y un Diccionario Nacional de Medicamentos. El registro garantizará que las plataformas utilizadas cumplan con los estándares de seguridad y eficiencia, mientras que el diccionario asegurará la uniformidad en la prescripción de medicamentos a nivel nacional.

Para los profesionales de la salud, la medida implica la necesidad de registrarse en la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS). Este registro verificará las credenciales de los profesionales, permitiendo solo a aquellos acreditados emitir recetas electrónicas, lo que aumenta la integridad del proceso de prescripción.

La implementación también modifica la forma en que se realizan la venta y el despacho de medicamentos, ya que deberán ser dispensados en presencia de un farmacéutico y podrán ser gestionados de manera electrónica para su entrega, mientras que en la actualidad es 100% presencial. Las farmacias tendrán la responsabilidad de mantener archivadas las recetas digitales por un período de tres años, asegurando un registro adecuado y la trazabilidad de las prescripciones.

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