En las últimas horas, el gobierno de Javier Milei modificó el Decreto N° 41.223, referido a la reglamentación de propiedad intelectual y derechos de autor. Entre los principales cambios, aparece la figura de “internet” como un nuevo “espacio público” en el que se necesitará la autorización de los creadores de las obras para poder reproducirlas.
Pero la novedad es que el nuevo decreto 765/2024 aclara que quedan exentos de esta norma los eventos que se desarrollen “en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”. De esta manera, los salones de fiestas, por ejemplo, no deberán abonar ningún porcentaje a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), como sucedía hasta ahora.
“Habíamos normalizado que te cobren un impuesto por pasar música en una fiesta privada. O sea, te clausuraban un cumpleaños por usar un MP3 o un CD para “proteger los derechos de autor”. Un curro menos! #SADAIC”, publicó al respecto el subsecretario de Prensa de Presidencia de la Nación, Javier Lanari.
El decreto, además, indica que los autores tienen derecho a recibir una remuneración equitativa “de cualquier persona que, en forma ocasional o permanente, obtenga un beneficio económico directo o indirecto con la utilización pública de una obra” o bien realice un evento con ella.
También, explica que no será necesario pagar por su uso en tanto la reproducción tenga “carácter didáctico” o sean “conmemoraciones patrióticas en establecimientos educacionales oficiales o autorizados por el Estado”.
En tanto, no hay especificaciones relacionadas con cómo será el pago para los autores y de qué forma se determina cuáles serán las publicaciones en internet que se abonan y las que no. Sucede que el ciberespacio es una “zona liberada”, que no está reglamentada en su totalidad.