La reforma que moderniza el Código de Procedimiento Minero de Mendoza ya es ley

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Actualiza las minerías de primera, segunda y tercera categoría (canteras) con los más altos estándares internacionales. “El haber actualizado una normativa que cumplía casi 80 años es un hito para Mendoza”, sostuvo la ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre.
“Es un hito para Mendoza lograr la actualización de una legislación que tenía casi 80 años e incorporar los más altos estándares internacionales de control. Esta reforma incluye principios de sustentabilidad económica y social, controles y agilidad en los procedimientos. Además, incorpora sanciones efectivas para los titulares de derechos mineros que no cumplan con la ley minera o las leyes ambientales”, afirmó la ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre.

“Esta nueva normativa refuerza los principios de sostenibilidad, agilidad y calidad en los controles, con normas específicas que refuerzan las facultades de la Policía Minera y otorgan sanciones ejecutables y efectivas para los titulares de derechos mineros que no cumplan con la ley”, aseguró Jerónimo Shantal, a cargo de la Dirección de Minería.

El código sancionado por ambas cámaras legislativas abarca las minerías de primera, segunda y tercera categoría (canteras), regulando incluso el transporte de minerales que transitan por nuestras rutas y caminos. “En un contexto de creciente conciencia ambiental y ante la necesidad de avanzar hacia fuentes de energía más limpias y sostenibles, la minería se convierte en un componente esencial de la transición energética a nivel global”, afirma el texto de la ley.

En su articulado agiliza el trámite de permisos, evitando que queden expedientes sin resolución durante años, o que estas demoras se traduzcan en especulaciones inmobiliarias mineras. También apunta a un desarrollo económico responsable y sostenible, con la profesionalización y aumento en la dotación de la Policía Minera e inspectores, que tendrán mayores funciones y facultades que los que contaban en la antigua normativa.

Así, se habilita a quienes controlan a vigilar los trabajos subterráneos, superficiales y los elementos, equipos, maquinarias y plantas. Un apartado central es hacer cumplir las reglas ambientales, de salud, seguridad e higiene de las labores, además de poner estrictos requisitos para el transporte de minerales.

Al agilizar y digitalizar los datos mineros, permite certificar que coincidan con las Declaraciones Juradas de Producción, realizar actas e imponer las sanciones efectivas y severas. Además, se involucra activamente a las comunidades locales en la toma de decisiones relacionadas con el desarrollo de los recursos minerales, promoviendo a la participación en todo el proceso, desde la exploración hasta el transporte.

Protección ambiental y control de toda la cadena de producción

La protección ambiental es el eje central en todo el proceso que contempla el nuevo código. Con esta reforma, el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental será iniciado ante la Dirección de Protección Ambiental, con Declaración de Impacto Ambiental para cada una de las etapas del proyecto.

Las normativas rigen para toda la cadena de producción y abarca a los titulares de derechos mineros, los operadores de prospectos y de proyectos, contratistas, subcontratistas y empleados. Por eso será obligatorio firmar una Declaración Jurada de Buenas Prácticas, que consignará la descripción de los grupos y comunidades de las zonas de radio influencia directa e indirectas al área del proyecto minero, y garantizará la información y participación ciudadana.

Con esta normativa, la Dirección de Minería tendrá información relevante de los aspectos socioeconómicos y culturales de las comunidades locales, su relación con el ambiente, formas de organización social, relaciones laborales, producción y las formas en que el interesado prevé interactuar con grupos y comunidades.

Los interesados además deberán detallar la metodología de trabajo, código de conducta, reporte de sustentabilidad de la empresa, comunicación y talleres y controles de higiene y seguridad.

Para la minería de tercera categoría, conocida como “canteras”, se aumentarán los controles para regular y controlar eficientemente las posibles afectaciones de cauces fluviales y aluvionales, dando intervención a la Dirección de Hidráulica.

Reuniones informativas y debates con distintos sectores

Para esta reforma, el Gobierno de Mendoza, desde el Ministerio de Energía y Ambiente, realizó reuniones informativas en todos los departamentos y tuvo encuentros con sectores empresariales, académicos y políticos.

En estos encuentros participaron el intendente de Malargüe, Celso Jaque; la Cámara Argentina de Empresarios Mineros, el Consejo Empresario Mendocino y la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael, que dieron su apoyo a la iniciativa.

Además, se realizaron reuniones con entidades como la Asociación de Empresarios Rodríguez Peña (Aderpe), Cámara de Servicios Mineros de Mendoza, Asociación de Geólogos, Unión Industrial Mendoza, Asociación de Industriales Metalúrgicos de Mendoza (Asinmet), Cámara de Empresarios Independientes de la Construcción de Mendoza (Cecim), Instituto Superior Tecnológico 9019 Insutec, representantes de Hierro Indio, Ingeniería Multipiping, Cámara Ambiental, Energía y Minería y Afines de Mendoza, Cámara de Productores y Proveedores Mineros de Malargüe, Instituto de Educación Superior Nº 9018 de Malargüe Gobernador Celso Jaque, Escuela Minera de Malargüe y Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria.

Antes del tratamiento de la normativa hubo extensos debates en comisiones, tanto en Diputados como en Senadores, a los que asistieron la ministra Latorre y el director Shantal para responder una a una las inquietudes de los legisladores.

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