Extienden el plazo para adherir al régimen que permite anticipar el pago de Bienes Personales

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La AFIP, que será reemplazada por la ARCA, extendió el plazo para adherirse en el Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) hasta el jueves 31 de octubre inclusive. Lo hizo a través de la resolución 5588, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El plazo era hasta el 30 de septiembre.

La prórroga se oficializó este miércoles tras un pedido del ministro de Economía, Luis Caputo. Según precisó la AFIP, los contribuyentes que adhirieron al REIBP hasta el 30 de septiembre y no pudieron finalizar el trámite, puedan completarlo hasta fin de este mes.

Además, la medida permite la adhesión al régimen a aquellos que optaron por presentar la declaración del Impuesto a los Bienes Personales a finales de septiembre. De esta manera, tendrán la posibilidad de rectificarla y acceder al REIBP hasta el 31 de octubre.

El Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP), un esquema voluntario de pago anticipado del gravamen por cinco años con una alícuota de 0,45% anual. El beneficio aplica a los períodos 2024/27. Además, aquellos que utilicen este régimen tendrán estabilidad fiscal hasta 2038 y adhieran al blanqueo de capitales podrán aplicar al Reibp, con una alícuota unificada del 0,6%.

Cambios en el REIBP: hasta cuándo se puede adherir al régimen
Por pedido de Luis Caputo, el organismo extendió el plazo para adherirse en el Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) hasta el jueves 31 de octubre inclusive.

Contribuyentes que optaron la adhesión al REIBP al 30 de septiembre, pero no cumplieron con todas o algunas de las siguientes obligaciones: pago anticipado, pago del saldo y/o presentación de la declaración jurada. Tendrán tiempo de regularizar su adhesión hasta el 31 de octubre.
Contribuyentes que no optaron por la adhesión al régimen al 30 de septiembres, pero presentaron la declaración jurada del Impuesto a los Bienes Personales del período fiscal 2023 podrán manifestar la aplicación al REIBP e ingresar el pago inicial hasta el 31 de octubre.

Bienes Personales: quiénes pueden ingresar al REIBP y cuáles son sus requisitos
Según la AFIP, pueden acceder al Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales los siguientes beneficiarios durante cinco años:

Las personas humanas que al 31 de diciembre de 2023 no eran residentes fiscales en la Argentina.
Beneficiarios de sucesiones radicadas en el país al 31 de diciembre del 2023;
Aquellos que al 31 de diciembre de 2023 no eran residentes fiscales en la Argentina, pero que revirtieron la condición antes de dicha fecha.
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En el caso de los residentes fiscales en la Argentina al 31 de diciembre del 2023, deben cumplir con los siguientes requisitos para acceder al REIBP:

Contar con CUIL o CUIT;
Poseer Clave Fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo;
Domicilio fiscal actualizado;
Tener el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)″;
Poseer domicilio fiscal electrónico.

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