La Corte Suprema restableció las restricciones a la venta de tierras a extranjeros

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Marcha frente al Congreso en contra del proyecto impulsado por Javier Milei denominado como "Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada" que introduce modificaciones sobre la Ley de Tierras. Foto: Tomás Cuesta

El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina que suspendió la derogación de la Ley de Tierras. El fallo fue dictado por Rosatti, Lorenzetti y los conjueces Barroetaveña y Pérez Curci. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.

Ante la polémica, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio un giro y dictó una medida cautelar interina que suspendió la derogación de la Ley de Tierras. De esta forma, restableció las restricciones a la venta de tierras a extranjeros.

Este caso fue iniciado por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre los que se incluyen las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y está vinculado con el proceso colectivo impulsado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata.

Concretamente, los involucrados pidieron una aclaratoria, ya que su amparo colectivo fue tratado como caso conexo al del CECIM y buscaban “que se precise” si el fallo producía algún efecto sobre su expediente.

En los últimos días, la Corte aceleró el proceso para emitir el fallo en tiempo récord. Primero, convocaron a conjueces para integrar una mayoría, ya que Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkratz no estaban de acuerdo de manera unánime con la decisión. Resultaron sorteados Diego Barroetaveña, de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza.

Luego, el máximo tribunal redujo el plazo para recusarlos a 24 horas, cuando este trámite dura habitualmente 72 horas. Así, el máximo tribunal consideró que el reclamo de la asociación estaba vinculado a “asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental”.

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