El Gobierno reglamentó la Ley GIRSU y estableció el marco operativo para la gestión integral de residuos

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La reglamentación de la Ley 9659, aprobada por la Legislatura, define responsabilidades, plazos y mecanismos de control, articula con la normativa nacional y establece herramientas concretas para erradicar basurales, mejorar la valorización y ordenar la gestión municipal de los residuos en toda la provincia.
El Ejecutivo reglamentó la Ley 9659 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), aprobada por la Legislatura, consolidando el marco operativo que permitirá su implementación efectiva en todo el territorio provincial.

“Esta ley es el resultado de un trabajo articulado con los municipios y equipos técnicos, construyendo consensos para que sea aplicable y efectiva en todo el territorio provincial”, destacó la ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre.

Más adelante, aseguró que “con la reglamentación, ponemos en marcha un sistema con reglas claras, metas medibles y herramientas de trazabilidad digital que fortalecen el control, la transparencia y la economía circular”.

La reglamentación, elaborada luego de una ronda de trabajo y articulación técnica de la Coordinación de Sostenibilidad del Ministerio de Energía y Ambiente con municipios y recuperadores urbanos define procedimientos, responsabilidades, plazos y mecanismos de control, armonizando la normativa provincial con la Ley Nacional 25916 y consolidando un esquema coherente desde los puntos de vista jurídico, ambiental y administrativo.

Además, establece instrumentos concretos para abordar problemáticas estructurales vinculadas a la disposición final inadecuada, la persistencia de basurales a cielo abierto, la baja valorización de residuos y la heterogeneidad en la gestión municipal.

Residuos sólidos urbanos: metas y seguimiento

Uno de los ejes es la puesta en marcha del Plan Provincial de Residuos Sólidos Urbanos (PPRSU), que deberá desarrollarse con enfoque regional y bajo el paradigma de la economía circular.

El plan establece lineamientos estratégicos, programas específicos, metas cuantificables e indicadores de seguimiento, con un horizonte de planificación que permita reducir progresivamente la cantidad de residuos destinados a disposición final y fortalecer la recuperación de materiales reciclables y orgánicos.

En paralelo, los municipios y consorcios interjurisdiccionales deberán elaborar sus respectivos planes de gestión, alineados al marco provincial. Estos instrumentos deberán incluir diagnóstico inicial, metas a corto, mediano y largo plazo, programas de separación en origen, estrategias de valorización, planes de inclusión social de recuperadores urbanos y mecanismos de seguimiento con indicadores medibles. La reglamentación prevé que estos planes tengan una vigencia de cinco años, en concordancia con el Plan Provincial.

El decreto establece condiciones ambientales y de seguridad para los Centros Tecnificados de Economía Circular, Centros de Procesamiento, Estaciones de Transferencia y Centros de Disposición Final. Asimismo, se dispone que los Centros Tecnificados trabajen prioritariamente en conjunto con cooperativas de cada región, fortaleciendo la formalización e integración de los recuperadores urbanos dentro del sistema.

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